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21/07/2024
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Comprá y vendé electrónica ,autos e inmuebles. Técnicos en SSO tercerizados para empresas
Obligatoriedad/importancia por el Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social:
1. Recordamos que es obligatorio contar con un técnico en Salud y en Seguridad e Higiene ocupacional habilitado por el MTESS sea que la empresa tenga más de 150 empleados (técnico interno – Art. 272 Dto. 14.390/92) o menos de 150 empleados (técnico externo – Art. 275 Dto. 14.390/92).
2. Recordamos también que es importante contar con este requisito, porque:
a) El MTESS verifica en casos de inspección laboral si la empresa cuenta con técnicos en SSO (Salud y en Seguridad Ocupacional) y que si no tiene, puede multar a la empresa por ese incumplimiento (20 a 30 jornales mínimos por cada infracción – art. 391 del Código del Trabajo).
b) El hecho de contar con técnicos en SSO que Clasipar.com verifiquen el cumplimiennto de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en materia de Salud, Higiene y Seguridad Ocupacional, puede evitar eventuales acciones penales (El titular de un establecimiento y su responsable de la prevención de accidentes, que expone a lugares de trabajo peligroso (art. 205 del Código Penal) y el que proyectara, construyera, modificara o derrumbara una obra construida y con ello peligrara la vida o la integridad física de otros (art. 204 del Código Penal), son pasibles de pena privativa de libertad de hasta 5 años).
Si la empresa no contrató aún técnicos en SSO, recomendamos comparar presupuestos de profesionales que prestan dichos servicios de modo a contar con los mismos.
Nuevo Reglamento del MTESS:
Para el caso que algún empleado de la empresa tenga interés en contar con el carnet habilitante para prestar los servicios de SSO a la empresa, los requisitos y procedimientos para la expedición del carnet digital, se detallan en la Res. N° 219/2024 del MTESS que adjuntamos.
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